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decreto 2363 de 1972

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The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

El Presidente de la República de Colombia

en ejercicio de las facultades constitucionales, y en especial las que le confiere el artículo 120, numeral 21 de la Constitución Nacional y de las legales correspondientes

Article 1Suprímese El Cargo De Jefe De Sección Iv-23 Sección De Servicios Generales, Secretaría General

º Suprímese el cargo de Jefe de Sección IV-23 Sección de Servicios Generales, Secretaría General.

Article 2Créase El Cargo De Jefe De Sección Vt-26, Sueldo De Ingreso $ 5

º Créase el cargo de Jefe de Sección VT-26, sueldo de ingreso $ 5.450.00, Sección de Servicios Generales, Secretaria General.

Article 3El Gobierno O El Ministro Procederán, De Acuerdo A Las Disposiciones Legales Vigentes, A Designar La Persona Que Deba Ocupar El Empleo Que Se Establece En El Presente Decreto

º El Gobierno o el Ministro procederán, de acuerdo a las disposiciones legales vigentes, a designar la persona que deba ocupar el empleo que se establece en el presente Decreto. El empleado que estando al servicio del Ministerio fuere incorporado en dicho cargo, no requerirá llenar otra formalidad para posesionarse que la firma del Acta respectiva y el pago de impuesto de timbre correspondiente a la diferencia de remuneración si a ello hubiere lugar.

Article 4El Reconocimiento De La Prima De Antigüedad Se Hará Conforme A Las Previsiones De Los Decretos Números 2285 Y 3191 De 1968

º El reconocimiento de la prima de antigüedad se hará conforme a las previsiones de los Decretos números 2285 y 3191 de 1968.

Article 5El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición, Modifica El Decreto 1222 Del 14 De Julio De 1972 Y Deroga Todas Las Disposiciones Que Le Sean Contrarias

º El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición, modifica el Decreto 1222 del 14 de julio de 1972 y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias.

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Minas y Petróleos
El Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil