DecretoIn force
Decreto 2361 de 1998
por el cual se deroga el artículo 25 del Decreto 1556 del 4 de agosto de 1998, se adiciona el artículo 42 del Decreto 1558 del 4 de agosto de 1998 y se dicta una disposición.
The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
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01
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1Deróguese El Artículo 25 Del Decreto 1556 Del 4 De Agosto De 19982El Ministerio De Transporte Reglamentará La Prestación Del Servicio Ocasional De Transporte Y La Planilla De Viaje3Las Empresas Con Licencia De Funcionamiento Para Prestar El Servicio Público De Transporte Especial Para Estudiantes Y Asalariados, Podrán Efectuar Viajes Ocasionales Con Los Vehículos Vinculados A Su Parque Automotor, Previa Expedición De Una Planilla De Viaje Otorgada Por El Ministerio De Transporte4Adiciónese Con Un Parágrafo El Artículo 42 Del Decreto 1558 Del 4 De Agosto De 1998 De La Siguiente Manera: Parágrafo5El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición
03
Signatories
National Government
- Andres Pastrana ArangoEl Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades constitucionales y legales y en especial las que le confiere el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política de Colombia y las Leyes 105 de 1993 y 336 de 1996
- Mauricio Cárdenas SantamaríaEl Ministro de Transporte