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decreto 1461 de 1991

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The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

El Presidente de la República de Colombia

en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de la que le confiere el ordinal 3º del artículo 120 de la Constitución Política

Article 1º

º . El artículo 2º del Decreto 1424 de 1977, quedará así: "Artículo 2º. Las listas o relaciones que en desarrollo de sus funciones envíen la Oficina de Cambios del Banco de la República, la Superintendencia Bancaria o cualquier otro organismo o entidad pública competente, a la Superintendencia de Control de Cambios, sobre importaciones con fecha de giro vencida, prestan mérito suficiente para disponer la apertura de la correspondiente investigación contra las personas naturales o jurídicas incluidas en tales listas o relaciones. La Superintendencia de Control de Cambios adelantará las respectivas investigaciones dentro de los términos y condiciones establecidos en el Decreto-ley 444 de 1967 y en la Ley 33 de 1975. Del acto de formulación de cargos se dará traslado al investigado mediante entrega de copia del mismo, manteniéndose el expediente a su disposición en la Secretaría General o en la oficina seccional competente, según el caso".

Article 2º

º . El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en es pecial de la que le confiere el ordinal 3º del artículo 120 de la Constitución Política
El Ministro de Hacienda y Crédito Público