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decreto 836 de 1969

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The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades constitucionales

Article 1

Artículo primero. Establécese, desde el presente año de 1969, con sujeción a los planes y programas prescritos por el Decreto número 603 de 1966, el Bachillerato Técnico Agrícola en los siguientes planteles de educación: Normal Agrícola de Valsálice de Fusagasugá en el Departamento de Cundinamarca, San Jorge de Ibagué en el Departamento del Tolima, e Instituto Superior de Educación Rural de Pamplona, en el Departamento de Norte de Santander.

Article 2

Los Institutores Agrícolas que hayan cumplido los planes y programas establecidos en el Decreto número 045 de 1962, podrán ingresar a los cursos de Ciencias de la Educación de que trata el artículo 15 del Decreto número 603 de 1966.

Article 15Del Decreto Número 603 De 1966

Artículo segundo. Los Institutores Agrícolas que hayan cumplido los planes y programas establecidos en el Decreto número 045 de 1962, podrán ingresar a los cursos de Ciencias de la Educación de que trata el artículo 15 del Decreto número 603 de 1966.

Article 3

Artículo tercero. Este Decreto rige a partir de la fecha de su expedición y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias. Comuníquese y publíquese.

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
Presidente de la República
El Ministro de Educación Nacional