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decreto 299 de 2011

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The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

El Presidente de la República de Colombia

en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial de las conferidas por el numeral 2 del artículo 189 de la Constitución Política, y la Ley 17 de 1971 que aprobó la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares de 1963, y CONSIDERANDO: Que mediante Decreto 3042 de 2002 el Consulado General de Hong Kong tenía asignada la circunscripción sobre Hong Kong, Macao, Taiwán y Filipinas, sin embargo, el Decreto 293 de 2004 excluyó la circunscripción de Taiwán, dejando solamente la región de Hong Kong y Macao. Q

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Que mediante Decreto 3042 de 2002 el Consulado General de Hong Kong tenía asignada la circunscripción sobre Hong Kong, Macao, Taiwán y Filipinas, sin embargo, el Decreto 293 de 2004 excluyó la circunscripción de Taiwán, dejando solamente la región de Hong Kong y Macao.

Que se hace necesario asignar nuevamente la circunscripción de Taiwán al Consulado de Colombia en Hong Kong con el fin de otorgar asistencia consular a los connacionales en esta región.

Article 1Modificar Parcialmente El Artículo 1° Del Decreto 293 Del 29 De Enero De 2004, Que Redistribuyó Las Circunscripciones De Las Secciones Consulares De Las Embajadas Y De Los Consulados De Colombia En Asia Y Oceanía, Así: - China Consulado De Colombia En Hong Kong Con Circunscripción En La Misma Ciudad, En La Región Administrativa De Macao Y Taiwán

°. Modificar parcialmente el artículo 1° del Decreto 293 del 29 de enero de 2004, que redistribuyó las circunscripciones de las Secciones Consulares de las Embajadas y de los Consulados de Colombia en Asia y Oceanía, así: - CHINA Consulado de Colombia en Hong Kong con circunscripción en la misma ciudad, en la región administrativa de Macao y Taiwán.

Article 2El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación Y Deroga Todas Las Disposiciones Que Le Sean Contrarias

°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias. Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial de las conferidas por el numeral 2 del artículo 189 de la Constitución Política, y la Ley 17 de 1971 que aprobó la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares de 1963, y
La Ministra de Relaciones Exteriores