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decreto 1628 de 1949

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The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

El Presidente de la República de Colombia

en ejercicio de sus atribuciones legales

Article 1El Trabajo De Promoción Autorizado Por El Artículo Primero De La Ley 165 De 1948, Para Que El Gobierno Organice Una Empresa Colombiana De Petróleos, Estará A Cargo Del Ministerio De Minas Y Petróleos, El Consejo Nacional De Petróleos Y Los Señores Martin Del Corral Y Fernando Salazar; Estos Dos Últimos Desempeñarán Sus Funciones Ad-Honórem

° El trabajo de promoción autorizado por el artículo primero de la Ley 165 de 1948, para que el Gobierno organice una empresa colombiana de petróleos, estará a cargo del Ministerio de Minas y Petróleos, el Consejo Nacional de Petróleos y los señores Martin del Corral y Fernando Salazar; estos dos últimos desempeñarán sus funciones ad-honórem.

Article 2Las Personas Designadas En El Artículo Anterior Llevarán A Cabo La Misión Que Se Les Asigna Por El Presente Decreto En El Orden Establecido En El Citado Artículo Primero De La Ley 165 De 1948

Articulo 2° Las personas designadas en el artículo anterior llevarán a cabo la misión que se les asigna por el presente Decreto en el orden establecido en el citado artículo primero de la Ley 165 de 1948. Comuníquese y publíquese.

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
Presidente de la República
El Ministro de Minas y Petróleos