El Presidente de la República de Colombia
En uso de sus facultades legales
Article 1Mientras Se Hace La Incorporación Del Personal De Conformidad Con La Plana Creada Por El Decreto Número 899 De Abril 19 De 1961, En La División De Aduana, Los Actuales Funcionarios De Esa Dependencia Continuarán Ejerciendo Sus Cargos Con Las Mismas Atribuciones Y Con Igual Jurisdicción Y Competencia, De Acuerdo Con La Estructura Organica Vigente Hasta El 1
° Mientras se hace la incorporación del personal de conformidad con la plana creada por el Decreto número 899 de abril 19 de 1961, en la División de Aduana, los actuales funcionarios de esa dependencia continuarán ejerciendo sus cargos con las mismas atribuciones y con igual jurisdicción y competencia, de acuerdo con la estructura organica vigente hasta el 1.° de mayo de 1961.
Article 2Este Decreto Rige Desde La Fecha De Su Expedición
° Este Decreto rige desde la fecha de su expedición.
Signatories
REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
Presidente de la República
El ministro de Hacienda y Crédito Público