en ejercicio de sus facultades constitucionales, en especial las conferidas por el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política
Article 1Permiso Para Despedir Trabajadores Con Fuero Sindical
°. Permiso para despedir trabajadores con fuero sindical . Dispuesta la supresión de cargos de la entidad en liquidación conforme lo prevé el artículo 8° del Decreto-ley 254 de 2000, el liquidador procederá a solicitar permiso al juez laboral, para retirar a los servidores amparados por fuero sindical. El término de prescripción de la respectiva acción empezará a correr a partir del día siguiente al de la publicación del acto que ordena la supresión del cargo.
Article 2Vigencia
°. Vigencia . El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.