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decreto 1296 de 1936

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The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales, y CONSIDERANDO que el honorable Consejo de Ministros en su sesión del día 29 de mayo próximo pasado, concedió al Ministerio de Hacienda y Crédito Público la autorización para efectuar algunos traslados en los presupuestos de los Ministerios de Gobierno, Hacienda, Educación Nacional, Obras Públicas y Departamento Nacional de Higiene, conforme lo dispuesto por el artículo 32 de la Ley 64 de 1931

Article 1Hácense Los Siguientes Traslados En El Presupuesto Del Ministerio De Gobierno:

° Hácense los siguientes traslados en el presupuesto del Ministerio de Gobierno:

Article 2Hácese El Siguiente Traslado En El Presupuesto Del Ministerio De Hacienda Y Crédito Público:

° Hácese el siguiente traslado en el presupuesto del Ministerio de Hacienda y Crédito Público:

Article 3Hácense Los Siguientes Traslados En El Presupuesto Del Ministerio De Educación Nacional:

°. Hácense los siguientes traslados en el presupuesto del Ministerio de Educación Nacional:

Article 4Hácense Los Siguientes Traslados En El Presupuesto Del Ministerio De Obras Públicas:

°. Hácense los siguientes traslados en el presupuesto del Ministerio de Obras Públicas:

Article 5Hácense Los Siguientes Traslados En El Presupuesto Del Departamento Nacional De Higiene: Comuníquese

°. Hácense los siguientes traslados en el presupuesto del Departamento Nacional de Higiene: Comuníquese.

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
Presidente de la República
el Secretario, autorizado
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Educación Nacional
El Ministro de Obras Públicas