en uso de sus facultades legales, y CONSIDERANDO que el honorable Consejo de Ministros, en su sesión del día 14 de diciembre en curso, concedió al Ministerio de Hacienda la autorización de que trata el artículo 32 de la Ley 64 de 1931, para efectuar algunos traslados en los presupuestos de los Ministerios de Gobierno, Relaciones Exteriores, Hacienda, Industrias, Educación Nacional, Obras Públicas y Agricultura y Comercio
Article 1Hácense Los Siguientes Traslados En El Presupuesto Del Ministerio De Gobierno
°. Hácense los siguientes traslados en el presupuesto del MINISTERIO DE GOBIERNO
Article 2Hácense Los Siguientes Traslados En El Presupuesto Del Ministerio De Relaciones Exteriores Capitulo 21 Gastos Varios
°. Hácense los siguientes traslados en el presupuesto del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES CAPITULO 21 Gastos varios.
Article 3Hácense Los Siguientes Traslados En El Presupuesto Del Ministerio De Hacienda Y Credito Publico Capitulo 22
°. Hácense los siguientes traslados en el presupuesto del MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO CAPITULO 22
Article 4Hácense Los: Siguientes Traslados En El Presupuesto Del Ministerio De Industrias Y Trabajo Capitulo 37
°. Hácense los: siguientes traslados en el presupuesto del MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y TRABAJO CAPITULO 37
Article 5Hácense Los Siguientes Traslados En El Presupuesto Ministerio De Educacion Nacional Capitulo 47
°. Hácense los siguientes traslados en el presupuesto MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL CAPITULO 47
Article 6Hácensé Los Siguientes Traslados En El Presupuesto Del Ministerio De Correos Y Telegrafos Capítulo 56
°. Hácensé los siguientes traslados en el presupuesto del MINISTERIO DE CORREOS Y TELEGRAFOS CAPÍTULO 56.
Article 7Hácense Los Siguientes Traslados En El Presupuesto Del Ministerio De Obras Publicas Capitulo 58
°. Hácense los siguientes traslados en el presupuesto del MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS CAPITULO 58
Article 8Hácense Los Siguientes Traslados En El Presupuesto, Del Ministerio De Industrias Y Trabajo Capitulo 38
°. Hácense los siguientes traslados en el presupuesto, del MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y TRABAJO CAPITULO 38
Article 9Hácense Los Siguientes Traslados En El Presupuesto Del Ministerio De Agricultura Y Comercio Capitulo 66
°. Hácense los siguientes traslados en el presupuesto del MINISTERIO DE AGRICULTURA Y COMERCIO CAPITULO 66
Article 10Hácense Los Siguientes Traslados Dentro Del Mismo Presupuesto Del Ministerio De Agricultura Y Comercio Capitulo 67 Comuníquese
Hácense los siguientes traslados dentro del mismo presupuesto del MINISTERIO DE AGRICULTURA Y COMERCIO CAPITULO 67 Comuníquese.