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decreto 3760 de 2003

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The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

El Presidente de la República de Colombia

en ejercicio de las facultades que le confieren los artículos 138 y 200 numeral 2 de la Constitución Política, CONSIDERANDO: Que corresponde al Gobierno en relación con el Congreso, convocarlo a sesiones extraordinarias

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Que corresponde al Gobierno en relación con el Congreso, convocarlo a sesiones extraordinarias;

Que en el Congreso de la República cursa el Proyecto de ley número 134 de 2003 Senado, 155 de 2003 Cámara, por la cual se establecen normas tributarias, aduaneras, fiscales y de control para estimular el crecimiento económico y el saneamiento de las finanzas públicas;

Que en razón de que el período legislativo terminó el 16 de diciembre de 2003, y las sesiones extraordinarias se convocaron para los días 19 a 22 de diciembre del mismo año mediante Decreto 3620 de 2003, es imperiosa una nueva convocatoria a sesiones extraordinarias, con el objeto de que dicho proyecto sea considerado en el Congreso de la República;

Article 1

º . Convócase al honorable Congreso de la República a sesiones extraordinarias por los días 24 a 30 de diciembre de 2003.

Article 2

º . Durante el período de sesiones extraordinarias señalado en el artículo anterior, el honorable Congreso de la República se ocupará exclusivamente de culminar el trámite legislativo del siguiente proyecto de ley: Proyecto de ley número 134 de 2003 Senado, 155 de 2003 Cámara , por la cual se establecen normas tributarias, aduaneras, fiscales y de control para estimular el crecimiento económico y el saneamiento de las finanzas públicas.

Article 3

º . El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confieren los artículos 138 y 200 numeral 2 de la Constitución Política
El Ministro del Interior y de Justicia