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decreto 1137 de 2008

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The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades constitucionales y legales y en especial de las que le confiere el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política de Colombia

Article 1Suprímese En La Planta Externa De Personal Del Ministerio De Relaciones Exteriores, El Siguiente Cargo: Cantidad Cargo 1 Secretario Ejecutivo Bilingüe 12 Pa País Ciudad Misión Gran Bretaña Londres Embajada

°. Suprímese en la planta externa de personal del Ministerio de Relaciones Exteriores, el siguiente cargo: Cantidad Cargo 1 Secretario Ejecutivo Bilingüe 12 PA País Ciudad Misión Gran Bretaña Londres Embajada

Article 2Créase En La Planta Externa De Personal Del Ministerio De Relaciones Exteriores, El Siguiente Cargo: Cantidad Cargo 1 Secretario Ejecutivo Bilingüe 12 Pa País Ciudad Misión Gran Bretaña Londres Embajada

°. Créase en la planta externa de personal del Ministerio de Relaciones Exteriores, el siguiente cargo: Cantidad Cargo 1 Secretario Ejecutivo Bilingüe 12 PA País Ciudad Misión Gran Bretaña Londres Embajada

Article 3

º . El cargo administrativo a que hace referencia el artículo 2º del presente decreto, hará parte del Despacho del Jefe de Misión Diplomática.

Article 4

º . Las erogaciones que ocasione el cumplimiento del presente decreto se pagarán con cargo a los presupuestos del Ministerio de Relaciones Exteriores y del Fondo Rotatorio del Ministerio de Relaciones Exteriores.

Article 5

º . El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente las disposiciones que le sean contrarias.

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades constitucionales y legales y en especial de las que le confiere el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política de Colombia
El Ministro de Relaciones Exteriores
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública