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decreto 2356 de 1949

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The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales

Article 1

Artículo primero. Con efectividad desde el 1° de agosto en curso, el personal y asignaciones mensuales del Fondo Rotatorio de Fomento Económico del Ministerio de Agricultura y Ganadería, serán los siguientes: Administrador $ 900.00 Secretario 400.00 Estenógrafa Corresponsal 250.00 Dos Visitadores de Trabajos, Revisores de Cuentas, cada uno 350.00 Contador General 450.00 Pagador 450.00 Ayudatne del Pagador y Almacenista 180.00 Almacenista General 450.00 Auxiliar de Contabilidad 300.00 Mecánico Jefe de Talleres 300.00 Mecanógrafa 200.00 Cartero Portero 130.00 Chofer 180.00

Article 2

Artículo segundo. El gasto que ocasione el presente Decreto se atenderá con dineros del Fondo Rotatorio de Fomento Económico, creado por el Decreto extraordinario número 1157 de 1940, y en consecuencia, no afecta las apropiaciones del Presupuesto Nacional. Comuníquese y publíquese.

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
Presidente de la República
El Ministro de Agricultura y Ganadería