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decreto 2986 de 1961

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The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

El Presidente de la Republica de Colombia

en uso de sus facultades legales, y de conformidad con el Decreto 1678 de 1960

Article 1

Artículo primero. Incorpóranse a los cargos establecidos por el Decreto número 2949 de 24 de noviembre de 1961, al siguiente personal: Despacho del Ministro. Lyda Saucedo Castro, al cargo de Secretaria Auxiliar IV, grado 8. División de Industria y Comercio Nacional. Sección de Reglamentación y Control del Comercio Interior. Samuel Arbeláez Lema, al cargo de Jefe de Sección VI, Abogado, grado 12.

Article 2

Artículo segundo. Los empleados incorporados por este Decreto, no requieren de otra formalidad para posesionarse, que la firma del Acta respectiva antecedida de la Indicación del número de esta providencia, y del pago en estampillas de timbre nacional, del impuesto correspondiente a la diferencia de remuneración.

Article 3

Artículo tercero. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. Comuníquese y cúmplase.

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
Presidente de la República
El Ministro de Fomento