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decreto 1786 de 1970

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The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Article 1De La Suma Apropiada En El Presupuesto De La Actual Vigencia, Capítulo 101, Artículo 1015, Para Calamidades Públicas, Destínase La Suma De Setecientos Mil Pesos ($ 700

° De la suma apropiada en el Presupuesto de la actual vigencia, Capítulo 101, artículo 1015, para calamidades públicas, destínase la suma de setecientos mil pesos ($ 700.000.00) moneda corriente, que será entregada al Ministerio de Defensa Nacional, Dirección Nacional de la Defensa Civil, con destino a la reparación de los daños y auxilio a los damnificados por el sismo a que se refiere la parte motiva del presente Decreto.

Article 2Este Decreto Rige Desde La Fecha De Su Expedición

Articulo 2° Este Decreto rige desde la fecha de su expedición. Comuníquese y publíquese.

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
Presidente de la República
El Ministro de Gobierno
El Ministro de Hacienda y Crédito Público