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decreto 828 de 1931

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The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus atribuciones legales, y CONSIDERANDO Que al dictarse el Decreto número 421 del presente año, por el cual se señaló el personal de los empleados de la Facultad de Medicina y Ciencias Naturales de la Universidad Nacional, se omitió incluir el puesto de un sirviente de la Facultad de Farmacia

Whereas · 1 recital

Que al dictarse el Decreto número 421 del presente año, por el cual se señaló el personal de los empleados de la Facultad de Medicina y Ciencias Naturales de la Universidad Nacional, se omitió incluir el puesto de un sirviente de la Facultad de Farmacia;

Article 1

Artículo único. Desde el día 1° de marzo del corriente año quedará incluido en la nómina de la Facultad de Medicina y Ciencias Naturales de la Universidad Nacional el puesto de sirviente de la Facultad de Farmacia, y desde ese mismo día gozará de una asignación, mensual de veintitrés pesos ($ 23).

Parágrafo

Queda en estos términos reformado en parte el Decreto número 421 del presente año. Comuníquese y publíquese.

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
Presidente de la República
El Ministro de Educación Nacional