en ejercicio de las facultades que le confiere el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Nacional
Article 1º Suprímese En La Embajada De Colombia En Moscú, El Cargo De Canciller 11 Pa Con Una Asignación Mensual De Mil Quinientos Quince Dólares Con 83/100 (Us$ 1
º Suprímese en la Embajada de Colombia en Moscú, el cargo de Canciller 11 PA con una asignación mensual de mil quinientos quince dólares con 83/100 (US$ 1.515.83), actualmente ocupado por el señor Jairo Humberto Oviedo Niño.
Article 2Créase En La Embajada De Colombia En Moscú, Un Cargo De Auxiliar Administrativo 4 Pa Local (Asistente Administrativo), Con Una Asignación Mensual De Seiscientos Veinticuatro Dólares Con 15/100 (Us$ 624
º Créase en la Embajada de Colombia en Moscú, un cargo de Auxiliar Administrativo 4 PA local (Asistente Administrativo), con una asignación mensual de seiscientos veinticuatro dólares con 15/100 (US$ 624.15).
Article 3º Créase En La Embajada De Colombia En Moscú, Un Cargo De Auxiliar Administrativo 1 Pa Local (Recepcionista), Con Una Asignación Mensual De Trescientos Veintitrés Dólares Con 22/100 (Us$ 323
º Créase en la Embajada de Colombia en Moscú, un cargo de Auxiliar Administrativo 1 PA local (Recepcionista), con una asignación mensual de trescientos veintitrés dólares con 22/100 (US$ 323.22).
Article 4º Créase En La Embajada De Colombia En Moscú, Un Cargo De Auxiliar Administrativo 1 Pa, Local (Secretaria), Con Una Asignación Mensual De Trescientos Veintitrés Dólares Con 22/100 (Us$ 323
º Créase en la Embajada de Colombia en Moscú, un cargo de Auxiliar Administrativo 1 PA, local (Secretaria), con una asignación mensual de trescientos veintitrés dólares con 22/100 (US$ 323.22).
Article 5º Créase En La Embajada De Colombia En Moscú, Un Cargo De Auxiliar Administrativo 1 Pa, Local (Traductor), Con Una Asignación Mensual De Trescientos Veintitrés Dólares Con 22/100 (Us$ 323
º Créase en la Embajada de Colombia en Moscú, un cargo de Auxiliar Administrativo 1 PA, local (Traductor), con una asignación mensual de trescientos veintitrés dólares con 22/100 (US$ 323.22).
Article 6º Las Erogaciones Que Ocasione El Cumplimiento Del Presente Decreto, Se Pagarán Con Cargo Al Presupuesto Del Ministerio De Relaciones Exteriores
º Las erogaciones que ocasione el cumplimiento del presente Decreto, se pagarán con cargo al presupuesto del Ministerio de Relaciones Exteriores.
Article 7Este Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación
º Este Decreto rige a partir de la fecha de su publicación. Publíquese, comuníquese y cúmplase. Dado en Santafé de Bogotá, D.C., a 5 de octubre de 1992. CESAR GAVIRIA TRUJILLO La Ministra de Relaciones Exteriores, Noemi Sanin De Rubio . El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Rudolf Hommes Rodriguez .