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decreto 378 de 1938

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The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales y de las especiales que le confiere el artículo 19 de la ley 111 de 1937

Article 1En Los Términos Que A Continuación Para Expresarse, Modificarse Las Dominaciones Y Asignaciones Determinadas Para El Ramo De Guerra, En Los Decretos Orgánicos Números 238, 325, 345 Y 351 Del Presente Año: Afecta La Vigencia De: [ Mostrar ] Modifica Decreto 238 De 1938 Modifica Decreto 325 De 1938 Modifica Decreto 351 De 1938 Modifica Decreto 345 De 1883

º En los términos que a continuación para expresarse, modificarse las dominaciones y asignaciones determinadas para el ramo de guerra, en los decretos orgánicos números 238, 325, 345 y 351 del presente año:

Article 2Las Compañías, Escuadrones Y Baterías Destacadas, De Que Trata El Artículo 3º Del Decreto Número 346 De Este Año, Tendrán El Siguiente Personal De Plana Mayor:

º Las Compañías, Escuadrones y Baterías destacadas, de que trata el artículo 3º del decreto número 346 de este año, tendrán el siguiente personal de Plana Mayor:

Article 3Cáusanse Las Siguientes Variaciones En Las Dotaciones Fijadas Por El Decreto Número 348 De Este Año, Por El Cual Se Determina La Organización De La 6ª Brigada: Parágrafo

º Cáusanse las siguientes variaciones en las dotaciones fijadas por el decreto número 348 de este año, por el cual se determina la organización de la 6ª brigada:

Parágrafo

En los términos del presente artículo quedan modificado el artículo 1º y adicionado el artículo 7º del decreto citado.

Article 4El Presente Decreto Surtirá Sus Efectos Con Fecha Diez Y Seis (16) De Marzo De Este Año

º El presente Decreto surtirá sus efectos con fecha diez y seis (16) de marzo de este año. Comuníquese y publíquese.

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
Presidente de la República
El Ministro de Guerra