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decreto 2616 de 1975

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The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales, y CONSIDERANDO: Que el numeral 1° del artículo 43 de la Ley 18 de 1973, facultó al Gobierno Nacional para incorporar al Presupuesto, por medio de decreto, los nuevos recursos inclusive los del crédito y abrir las correspondientes apropiaciones para gastos

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Que el numeral 1° del artículo 43 de la Ley 18 de 1973, facultó al Gobierno Nacional para incorporar al Presupuesto, por medio de decreto, los nuevos recursos inclusive los del crédito y abrir las correspondientes apropiaciones para gastos;

Que el Gobierno Nacional estima necesario y conveniente para la buena marcha de la Administración' Pública y el normal cumplimiento de los programas de desarrollo económico y bienestar social abrir unos créditos adicionales al Presupuesto de Gastos para, la vigencia fiscal de 1974 del Departamento Administrativo de Seguridad Nacional por $ 3 604.487.00-;

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 101 del Decreto-ley número 294 de 1973, el. Contralor General .de la República expidió el Certificado de Disponibilidad correspondiente de 1974 del cual se utilizan $ '3.604.487.00 para financiar los créditos adicionales de que trata, este Decreto, y;

Que se han cumplido los requisitos legales para la tramitación de esta clase de negocios;

Article 1Adiciónanse Los Cómputos Del Presupuesto De- Rentas E

° Adiciónanse los cómputos del Presupuesto de- Rentas e .Ingresos del Tesoro de la Nación para la vigencia fiscal de.1974, con la cantidad de tres millones seiscientos cuatro mil cuatrocientos ochenta y siete pesos ($ 3.604.487) monada legal, que con base en el Certificado de Disponibilidad correspondiente del mismo año, expedido por el Contralor General de la República se incorporarán con imputación al siguiente numeral: PRESUPUESTO DE RENTAS E INGRESOS Capítulo XIII Recursos del Crédito a) Recursos del Crédito Interno Numeral 124. Emisión pagarés semestrales de emergencia económica 3.604.487 Suma el recurso $ 3.604.487

Article 2Con Base En El Recurso De Que Trata El Artículo Anterior, Ábrense Los Siguientes Créditos Adiciónales, Al Presupuesto De Gastos Para La Vigencia Fiscal De 1974: Presupuesto De Funcionamiento Capítulo 030 Departamento Administrativo De Seguridad Nacional Programa 030 Dirección Y Administración Del Departamento Pagarés Semestrales De Emergencia Económica Servicios Personales 102 111 117

° Con base en el recurso de que trata el artículo anterior, ábrense los siguientes créditos adiciónales, al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1974: PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO Capítulo 030 Departamento Administrativo de Seguridad Nacional Programa 030 Dirección y Administración del Departamento Pagarés semestrales de emergencia económica Servicios Personales 102 111 117. Articulo 0354-A. Prima de Navidad 182.111 Transferencias 201 331 404. Artículo 0369-A. Fondo Nacional de Ahorro 1.873.365 Programa 031 Desarrollo Operativo Pagarés semestrales de emergencia económica Servicios Personales 102 133 117. Artículo 0373-A. Prima de Navidad 1.530.288 Programa 032 Servicios de Docencia y Capacitación Pagarés semestrales de emergencia económica Servicios Personales 102 133 117. Artículo 0383-A. Prima de Navidad 18.723 Suman los créditos adicionales $ 3.604.487

Article 3El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición

° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. Comuníquese y publíquese.

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público