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decreto 823 de 1986

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The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

El Presidente de la República de Colombia

en ejercicio de sus facultades legales, y CONSIDERANDO: Que mediante el Decreto número 568 de 19 de febrero de 1986 se comisionó al doctor David Simmonds Valencia, funcionario de Carbocol

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Que mediante el Decreto número 568 de 19 de febrero de 1986 se comisionó al doctor David Simmonds Valencia, funcionario de Carbocol;

Que se hace necesario modificar el artículo primero del mencionado Decreto, por cuanto el comisionado se desplazará a Panamá, Puerto Rico y Jamaica, y no como allí aparece;

Que el funcionario debe visitar a Panamá y posteriormente a Puerto Rico y Jamaica, pues él será recibido por los respectivos clientes después del 18 de marzo del año en curso, luego dicha comisión se iniciará el 11 de marzo durante los mismos 14 días;

Que la Secretaría General de la Presidencia de la República impartió su aprobación a dichas modificaciones;

Article 1Modificar El Artículo Primero Del Decreto Número 598 De 19 De Febrero De 1986, En El Sentido De Que El Doctor David Simmonds Valencia, Funcionario De Carbocol, Se Desplazará A Panamá, Puerto Rico Y Jamaica, Y No Como Allí Aparece

° Modificar el artículo primero del Decreto número 598 de 19 de febrero de 1986, en el sentido de que el doctor David Simmonds Valencia, funcionario de Carbocol, se desplazará a Panamá, Puerto Rico y Jamaica, y no como allí aparece.

Article 2Modificar El Artículo Segundo Del Decreto Número 568 De 1986, En Sentido De Que La Comisión Será Durante 14 Días, A Partir Del 11 De Marzo Del Año En Curso Y No Como Allí Aparece

° Modificar el artículo segundo del Decreto número 568 de 1986, en sentido de que la comisión será durante 14 días, a partir del 11 de marzo del año en curso y no como allí aparece.

Article 3El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación

° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación. Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
Presidente de la República
El Ministro de Minas y Energía