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decreto 979 de 1933

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The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales

Article 1

Los gastos ordenados por los Decretos números 849, 909 y 931, de fechas 3, 12 y 16 de los corrientes, se imputarán a defensa nacional, capítulo 82, artículo 421,

Article 421, Comuníquese Y Publíquese

Artículo único. Los gastos ordenados por los Decretos números 849, 909 y 931, de fechas 3, 12 y 16 de los corrientes, se imputarán a defensa nacional, capítulo 82, artículo 421, Comuníquese y publíquese.

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
Presidente de la República
El Ministro de Relaciones Exteriores