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decreto 1285 de 1918

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The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Article 1Suprímese Una Plaza De Ayudante En La Oficina Telegráfica De San Gil, Y Créase La De Copista En La Del Socorro, Con La Asignación Mensual De $ 40, Y Nómbrase Para Desempeñar Este Empleo Al Señor José María Barrera

Articulo 1° Suprímese una plaza de Ayudante en la Oficina Telegráfica de San Gil, y créase la de Copista en la del Socorro, con la asignación mensual de $ 40, y nómbrase para desempeñar este empleo al señor José María Barrera.

Article 2Créase La Plaza De Cartero En Cada Una De Las Oficinas Telegráficas De Galeras Y Caimito, Con Las Asignaciones Mensuales De $ 3 Y $ 2, Respectivamente

° Créase la plaza de Cartero en cada una de las Oficinas Telegráficas de Galeras y Caimito, con las asignaciones mensuales de $ 3 y $ 2, respectivamente. El presente Decreto empezará a regir cinco días después de su fecha. Comuníquese y publíquese.

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
Presidente de la República
El Ministro de Gobierno