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decreto 977 de 1970

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The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Article 1El Consejo Seccional Del Fondo De Desarrollo Comunal En El Distrito Especial De Bogotá, Estará Integrado De La Siguiente Manera: 1º El Alcalde Del Distrito Especial De Bogotá, Quien Lo Presidirá 2º Un Funcionario De La Dirección General De Integración Y Desarrollo De La Comunidad Del Ministerio De Gobierno

º El Consejo Seccional del Fondo de Desarrollo Comunal en el Distrito Especial de Bogotá, estará integrado de la siguiente manera: 1º El Alcalde del Distrito Especial de Bogotá, quien lo presidirá 2º Un funcionario de la Dirección General de Integración y Desarrollo de la Comunidad del Ministerio de Gobierno. 3º El Jefe de la Oficina de Planeación Distrital. 4º Un representante de las Juntas de Acción Comunal del Distrito, y 5º Dos delegados del Presidente de la República.

Parágrafo

El funcionario de la Dirección General de Integración y Desarrollo de la Comunidad del Ministerio de Gobierno, hará las veces de Secretario del Consejo.

Article 2Este Decreto Rige Desde La Fecha De Su Expedición

º Este Decreto rige desde la fecha de su expedición. Comuníquese y publíquese.

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
Presidente de la República
El Ministro de Gobierno