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decreto 663 de 1931

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The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales, y CONSIDERANDO Que por el Ministerio de Educación Nacional se han llenado los requisitos de que trata el artículo 17 de la Ley 34 de 1923, sobre traslados en las Leyes de Apropiaciones, y Que el honorable Consejo de Ministros en sesión del día... del mes en curso, aprobó el traslado que por la suma de $ 540.38 solicita el señor Ministro de Educación

Whereas · 2 recitals

Que por el Ministerio de Educación Nacional se han llenado los requisitos de que trata el artículo 17 de la Ley 34 de 1923, sobre traslados en las Leyes de Apropiaciones, y;

Que el honorable Consejo de Ministros en sesión del día... del mes en curso, aprobó el traslado que por la suma de $ 540.38 solicita el señor Ministro de Educación;

Article 1

Trasládase al artículo 275, del capitulo 48, de la Ley de Apropiaciones de la vigencia en curso, la cantidad de quinientos cuarenta pesos treinta y ocho centavos ($ 540-38), tomándolos de las apropiaciones del artículo 293, del capítulo 52, del mismo Presupuesto o Ley de Apropiaciones.

Dése cuenta a quien corresponda, y publíquese.

Article 275, Del Capitulo 48, De La Ley De Apropiaciones De La Vigencia En Curso, La Cantidad De Quinientos Cuarenta Pesos Treinta Y Ocho Centavos ($ 540-38), Tomándolos De Las Apropiaciones Del Artículo 293, Del Capítulo 52, Del Mismo Presupuesto O Ley De Apropiaciones

Artículo único. Trasládase al artículo 275, del capitulo 48, de la Ley de Apropiaciones de la vigencia en curso, la cantidad de quinientos cuarenta pesos treinta y ocho centavos ($ 540-38), tomándolos de las apropiaciones del artículo 293, del capítulo 52, del mismo Presupuesto o Ley de Apropiaciones. Dése cuenta a quien corresponda, y publíquese.

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
Presidente de la República
El Ministro de Educación Nacional