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decreto 2956 de 1985

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The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

El Presidente de la República de Colombia

en ejercicio de sus facultades legales

Article 1Modifícase El Artículo 2° Del Decreto Número 2880 Del 4 De Octubre De 1985, En El Sentido De Que El Doctor Mauricio Cabrera Galvis, Director General De Crédito Público Tendrá Derecho A Viáticos Por Los Días Entre El 11 Y El 20 De Octubre De 1985 A Razón De Us$ 200

°. Modifícase el artículo 2° del Decreto número 2880 del 4 de octubre de 1985, en el sentido de que el doctor Mauricio Cabrera Galvis, Director General de Crédito Público tendrá derecho a viáticos por los días entre el 11 y el 20 de octubre de 1985 a razón de US$ 200.00 diarios, los cuales serán sufragados con cargo al presupuesto de la actual vigencia del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

Article 2Este Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación

°. Este Decreto rige a partir de la fecha de su publicación. Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público