JurídicoESEN

decreto 187 de 1991

2 articles · continuous reading

The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por los artículos 74 y 99 del Decreto-ley número 1042 de 1978

Article 1Apruébase El Acuerdo Número 016 Del 11 De Mayo De 1990, Emanado De La Junta Directiva Del Servicio Aéreo A Territorios Nacionales, Satena, Cuyo Texto Es El Siguiente: Acuerdo Numero 016 De 1990 (Mayo 11) Por El Cual Se Modifica La Planta De Personal De Empleados Públicos Del Servicio Aéreo A Territorios Nacionales, Satena

°. Apruébase el Acuerdo número 016 del 11 de mayo de 1990, emanado de la Junta Directiva del Servicio Aéreo a Territorios Nacionales, Satena, cuyo texto es el siguiente: ACUERDO NUMERO 016 DE 1990 (mayo 11) por el cual se modifica la planta de personal de empleados públicos del Servicio Aéreo a Territorios Nacionales, Satena. La Junta Directiva del Servicio Aéreo a Territorios Nacionales, Satena, en uso de sus facultades legales y estatutarias, ACUERDA: Artículo 1°. Suprímese de la planta de personal de empleados públicos del Servicio Aéreo a Territorios Nacionales, Satena, el siguiente cargo: N° de cargos Dependencia y denominación del empleo Código Grado 1 Gerente de Empresa Industrial y Comercial del Estado 0018 06 Artículo 2°. Créase en la planta de personal de empleados públicos del Servicio Aéreo a Territorios Nacionales, Satena, el siguiente cargo: N° de cargos Dependencia y denominación del empleo Código Grado GERENCIA GENERAL 1 Gerente de Empresa Industrial y Comercial del Estado 0018 07 Artículo 3°. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición, deroga en lo pertinente el Acuerdo número 018 de 1986 (23 julio) y para su validez requiere aprobación por Decreto del Gobierno Nacional. Comuníquese y cúmplase.

Article 2El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación Y Deroga Las Disposiciones Que Le Sean Contrarias

°. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Defensa Nacional
El Jefe Departamento Administrativo del Servicio Civil