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decreto 240 de 2005

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The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

El Presidente de la República de Colombia

en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales y en especial la que le confiere el artículo 3º del Decreto-ley 254 de 2000

Article 1

º . Modifícase el artículo 3º del Decreto 1790 de 2003, el cual quedará así: Artículo 3º . Órgano de dirección de la liquidación. Es órgano de dirección de la liquidación del Fondo Nacional de Caminos Vecinales, FNCV, en Liquidación el liquidador, cuyos actos se regirán por lo dispuesto en el presente Decreto.

Article 2

º . Deróganse los artículos 4º, 5º y 6º del Decreto 1790 de 2003.

Article 3

º . El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales y en especial la que le confiere el artículo 3º del Decreto-ley 254 de 2000
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Transporte
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública