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decreto 524 de 1971

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The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

El Presidente de la República de Colombia

en ejercicio de las facultades extraordinarias que le confiere la Ley 16 de 1968 y oído el concepto de la Comisión Asesora que ella establece

Article 1Derogado

Articulo 1° Derogado.

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In force 27/03/1971 – 02/03/2021

Articulo 1° A partir del 1° de julio de 1971 las asignaciones mensuales de los Magistrados de la Corte Suprema de Justicia, de los Consejeros de Estado, de los Fiscales del Consejo de Estado y del Procurador General de la Nación, serán de trece mil pesos ($ 13.000.00) moneda corriente, de sueldo, y siete mil pesos ($ 7.000.00) de gastos de representación JURISPRUDENCIA Declarado exequible Sentencia de la Corte Suprema de Justicia Sentencia de 1972

Article 2Derogado

Articulo 2° Derogado.

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In force 27/03/1971 – 02/03/2021

Articulo 2° El Gobierno llevará a cabo las operaciones presupuéstales que sean, necesarias para dar cumplimiento al presente Decreto.

Article 3Derogado

° Derogado.

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In force 27/03/1971 – 02/03/2021

Artículo 3° Este Decreto rige desde la fecha de su expedición.

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
Presidente de la República
El Ministro de Justicia
El Ministro de Hacienda y Crédito Público