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decreto 2958 de 1950

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The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales de las especiales que le confiere el artículo 22 de la Ley 102 de 1941, y CONSIDERANDO: Que la experiencia ha demostrado que es más práctico, y conveniente que el mando dé las Comisiones de Orden Público destacadas en la Provincia de Vélez sea ejercido por la 1° Brigada, ya que es el Comando más cercano y el que dispone de mejores vías de comunicación

Whereas · 1 recital

Que la experiencia ha demostrado que es más práctico, y conveniente que el mando dé las Comisiones de Orden Público destacadas en la Provincia de Vélez sea ejercido por la 1° Brigada, ya que es el Comando más cercano y el que dispone de mejores vías de comunicación;

Article 1Fijanse Los Siguientes Territorios Como Jurisdicción, Para Efectos, De Mando, Justicia Y Dependencia Administrativa, De Las Siguientes Brigadas Del Ejército: 1

°. Fijanse los siguientes territorios como jurisdicción, para efectos, de mando, justicia y dependencia administrativa, de las siguientes Brigadas del Ejército

1.

Primera Brigada. Departamento de Boyacá, Comisarías de Arauca y Casanare y la antigua Provincia de Vélez (S.) que incluye: Albania, Aguada, Bolívar, Barbosa, Giravatá, Güepsa, Jesús María, La Paz, Puente Nacional, San Benito, Sucre y Vélez.

2.

Quinta Brigada. Departamentos de Norte de Santander y Santander, menos los Municipios a que se ha hecho referencia, incluidos en la jurisdicción de la Primera Brigada.

Article 2En Les Términos Del Presente Decreto, Que Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición, Queda Modificado, En Lo Pertinente, El Decreto Número 1909 De- 1950

°. En les términos del presente Decreto, que rige a partir de la fecha de su expedición, queda modificado, en lo pertinente, el Decreto número 1909 de- 1950. Comuníquese y publíquese.

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
Presidente de la República
El Ministro de Gobierno
El Ministro de Relaciones Exteriores, encargado de la Cartera dé Guerra