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decreto 1442 de 1995

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The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Article 1º

º. Constitúyese la Comisión Redactora del Proyecto de ley sobre normas para la Convivencia Ciudadana y el Ejercicio de las Libertades Públicas, encargada de actualizar las disposiciones sobre policía, la cual estará adscrita al Ministerio del Interior e integrada por: El Ministro del Interior o su delegado, quien la presidirá. El Ministro de Justicia y del Derecho o su delegado. El Ministro de Defensa Nacional o su delegado. El Ministro de Educación Nacional o su delegado. El Ministro del Medio Ambiente o su delegado. El Director del Departamento Nacional de Planeación o su delegado. El Director General de la Policía o su delegado. El Comisionado Nacional para la Policía o su delegado. El Consejero Presidencial para Derechos Humanos o su delegado. El Consejero Presidencial para la Defensa y Seguridad Nacional o su delegado. El Defensor del Pueblo o su delegado. El Fiscal General de la Nación o su delegado. El Presidente de la Conferencia Nacional de Gobernadores o su delegado. El Presidente de la Federación Colombiana de Municipios o su delegado.

Article 2º

º. La Consejería Presidencial para la Defensa y la Seguridad Nacional ejercerá la Secretaría Ejecutiva de la Comisión.

Article 3º

º. La Comisión deberá entregar al Gobierno Nacional su propuesta en el término de seis (6) meses, contados a partir de la fecha de publicación del presente Decreto. La Comisión podrá invitar a personas especializadas en los temas objeto de la reforma, las cuales tomarán parte en las deliberaciones con voz pero sin voto.

Article 4º

º. La Comisión a que se refiere el presente Decreto ejercerá sus funciones sin perjuicio de las que constitucionalmente corresponden al Congreso de la República.

Article 5º

º. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.