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decreto 2956 de 1950

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The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales, y CONSIDERANDO: Que el Decreto 2526 de julio 27 de 1950 cambió el nombre del Instituto Geográfico Militar y Catastral por el de Instituto Geográfico de Colombia "Agustín Codazzi

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Que el Decreto 2526 de julio 27 de 1950 cambió el nombre del Instituto Geográfico Militar y Catastral por el de Instituto Geográfico de Colombia "Agustín Codazzi; y;

Que en tal virtud las franquicias concedidas, en el Decreto 405 de 1949 al Instituto Geográfico Militar y Catastral deben subsistir para el Instituto Geográfico de Colombia "Agustín Codazzi";

Article 1Las Franquicias Otorgadas Por Los Incisos 104, 105, 106 Y 107, Artículo 36 Del Decreto 405 De 1949, Al Instituto Geográfico Militar Y Catastral, Se Entenderán Vigentes Para El Mismo Personal Del Instituto Geográfico De Colombia "agustín Codazzi"

° Las franquicias otorgadas por los incisos 104, 105, 106 y 107, artículo 36 del Decreto 405 de 1949, al Instituto Geográfico Militar y Catastral, se entenderán vigentes para el mismo personal del Instituto Geográfico de Colombia "Agustín Codazzi".

Article 2Quedan Así Modificados En Lo' Que Atañe A La Denominación Del Instituto Los Incisos Números 104, 105, 106 Y

° Quedan así modificados en lo' que atañe a la denominación del Instituto los incisos números 104, 105, 106 y.107 del artículo 36 del Decreto 405 de 1949.

Article 3El Presente Decreto Regirá Desde Su Fecha

° El presente Decreto regirá desde su fecha. Comuniques y publíquese.

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
El Presidente de la República de Colombia en uso de sus facultades legales, y Comuniques y publíquese
El Ministro de Correos y Telégrafos