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decreto 2144 de 1942

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The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales, y CONSIDERANDO Que el Consejo de Ministros, en su sesión del día 1 de septiembre del año en curso, autorizó al Ministerio de Hacienda y Crédito Público para efectuar un traslado entre apropiaciones del Ministerio de Obras Públicas, según consta en la nota número 50, procedente de la Secretaría de dicha entidad

Whereas · 1 recital

Que el Consejo de Ministros, en su sesión del día 1 de septiembre del año en curso, autorizó al Ministerio de Hacienda y Crédito Público para efectuar un traslado entre apropiaciones del Ministerio de Obras Públicas, según consta en la nota número 50, procedente de la Secretaría de dicha entidad;

Article 1

º . Hácese el siguiente traslado en el Presupuesto vigente: MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Capítulo 90 bis: Del artículo 1347-RR. Para la compra de un terreno destinado a la construcción del Instituto de Epidemiología y de Investigaciones Médicas y para los gastos que demande la construcción del mismo instituto $ 15.000.00 Capítulo 90 bis: Al artículo 1348-U. Para la compra de un terreno y gastos de edificaciones e instalaciones de la granja para animales de experimentación del Instituto Federico Lleras Acosta $ 15.000.00

Article 2El Presente Decreto Rige Desde La Fecha

º. El presente Decreto rige desde la fecha. Comuníquese y publíquese.

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Obras Públicas