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decreto 973 de 1930

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The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales

Article 1

Artículo único. Apruébase el siguiente Decreto: «DECRETO NUMERO 155 «(9 de junio) «por el cual se rebaja a $ 0-33 diarios el precio de cada ración alimenticia que se suministre a los presos de Támesis. «El Gobernador de Antioquia, «en uso de sus facultades legales, «DECRETA: «Artículo único. A partir del diez del mes en curso hasta que entre en vigencia el contrato sobre suministro de raciones a los presos pobres de la Cárcel del Circuito de Támesis, rebájase a treinta y tres centavos ($ 0-33) el valor diario de cada una de dichas raciones que se suministren por cuenta de la Nación o del Departamento. El Alcaide de la Cárcel legalizará las respectivas cuentas. «Consúltese con el Ministerio de Gobierno y comuníquese. «

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
Presidente de la República
El Ministro de Gobierno