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decreto 370 de 1915

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The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Article 1Suprímese El Empleo De Médico De La Empresa Del Ferrocarril Del Tolima

° Suprímese el empleo de Médico de la Empresa del Ferrocarril del Tolima. De los fondos destinados para la Empresa se pagará, en cada caso particular, los servicios médicos necesarios.

Article 2Fíjase En Cien Pesos ($ 100) Oro El Sueldo Mensual Asignado El Cajero De La Citada Empresa

° Fíjase en cien pesos ($ 100) oro el sueldo mensual asignado el Cajero de la citada Empresa. Quedan así reformados los Decretos 779 y 1017 de 1914. Comuníquese y publíquese.

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
Presidente de la República
El Ministro de Obras Públicas