JurídicoESEN

decreto 1441 de 1967

1 articles · continuous reading

The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales, y CONSIDERANDO: Que la Junta de Comercio Exterior, en uso de la facultad que le confiere el artículo 44 del Decreto 1733 de 1964 por medio de la Resolución número 10 de 1967, estableció una Oficina Seccional de la clase B., de la Superintendencia de Comercio Exterior, en el Puerto de Leticia, Comisaría del Amazonas

Whereas · 2 recitals

Que la Junta de Comercio Exterior, en uso de la facultad que le confiere el artículo 44 del Decreto 1733 de 1964 por medio de la Resolución número 10 de 1967, estableció una Oficina Seccional de la clase B., de la Superintendencia de Comercio Exterior, en el Puerto de Leticia, Comisaría del Amazonas;

Que debe establecerse la planta de personal para el desempeño de las funciones encomendadas a dicha Seccional;

Article 1

Artículo único. Establécese la siguiente planta de personal para la Seccional (Clase B) de Leticia, de la Superintendencia de Comercio Exterior: 1 Director $ 2.400.00 1 Auxiliar de Servicios Generales 650.00 Comuníquese y publíquese.

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades legales, y
El Ministro de Hacienda
El Ministro de Fomento