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decreto 2103 de 1995

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The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Article 1º

º. Los Secretarios Generales del Senado de la República, Cámara de Representantes y los Secretarios de las Comisiones Constitucionales Permanentes, que contraigan créditos con entidades bancarias para la adquisición de vehículo de uso particular, tendrán derecho a percibir una prima de transporte mensual, sin carácter salarial para ningún efecto legal, equivalente a doscientos mil pesos ($200.000.00) moneda corriente. La prima de transporte de que trata el presente artículo se reconocerá a los empleados a que se refiere el inciso anterior mientras permanezcan en dichos empleos en el Congreso de la República y se devengará a partir de la fecha en que se hará efectiva la obligación del crédito hasta su cancelación total.

Parágrafo

El derecho a percibir la prima establecida en el presente artículo, únicamente podrá ejercerse por una sola vez.

Article 2º

º. El presente Decreto rige a partir de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias.