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decreto 1772 de 1943

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The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

El Presidente de la República de Colombia

en ejercicio de sus atribuciones legales

Article 1

Artículo primero. A partir del quince de los corrientes, créanse dos cargos de Ingenieros Sanitarios para la Sección de Saneamiento del Departamento de Ingeniería Sanitaria, los que se dedicarán exclusivamente al control y dirección de las obras sanitarias del Departamento de Servicios Coordinados de Higiene del Ministerio de Trabajo, Higiene y Previsión Social y tendrán como funciones las señaladas en el Decreto número. 698 de 1939, especialmente en sus artículos 10, 1.2, 15, 20, 21, 22, 23 y las demás: que los Departamentos de Servicios Coordinados de Higiene y de Ingeniería Sanitaria, crean necesario encomendarles.

Article 2

La asignación de cada uno de los cargos creados en el artículo anterior será de $ 320.00 mensuales, y se pagará con imputación, al artículo 445, capítulo 42,del Presupuesto de la actual, vigencia fiscal y de sus similares en las próximas vigencias.

Article 445, Capítulo 42,del Presupuesto De La Actual, Vigencia Fiscal Y De Sus Similares En Las Próximas Vigencias

Articulo segundo. La asignación de cada uno de los cargos creados en el artículo anterior será de $ 320.00 mensuales, y se pagará con imputación, al artículo 445, capítulo 42,del Presupuesto de la actual, vigencia fiscal y de sus similares en las próximas vigencias. Comuníquese y cúmplase.

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Trabajo, Higiene y Previsión Social