en uso de sus facultades legales, y en especial de las que le confiere el artículo . 121 de la Constitución Nacional
Article 1Las Sociedades De Mejoras Públicas Con Personería Jurídica, Estarán Exentas Del Pago Del Impuesto Sobre Asignaciones Y Donaciones, Pero No Del Impuesto Sobre La Masa Global Hereditaria, Cuando Tales Entidades Paguen A La Secretaria
º. Las Sociedades de Mejoras Públicas con personería jurídica, estarán exentas del pago del impuesto sobre asignaciones y donaciones, pero no del impuesto sobre la masa global hereditaria, cuando tales entidades paguen a la Secretaria. Nacional de Acción Social y Protección Infantil, o garantice; su favor satisfactoriamente, una suma igual a la que les hubiere correspondido pagar por razón del mencionado impuesto de asignaciones y donaciones.
Article 2Suspéndense Las Disposiciones Contrarias O Incompatibles Con El Presente Decreto, Que Rige Desde La Fecha De Expedición
º. Suspéndense las disposiciones contrarias o incompatibles con el presente Decreto, que rige desde la fecha de expedición. Comuníquese y publíquese.