El Presidente de la República de Colombia
en uso de sus facultades legales
Article 1Desde El Día Primero De Febrero Próximo, Redúcese A Ciento Cincuenta Pesos ($ 150) La Asignación Mensual Del Director Técnico Administrador De La Obra Del Palacio Nacional De Manizales
° Desde el día primero de febrero próximo, redúcese a ciento cincuenta pesos ($ 150) la asignación mensual del Director Técnico Administrador de la obra del Palacio Nacional de Manizales.
Article 2Desde La Misma Fecha, Los Honorarios Del Administrador De Hacienda Nacional De Manizales Por El Manejo De Los Fondos Para La Misma Obra, Serán De Treinta Pesos ($ 30) Mensuales
° Desde la misma fecha, los honorarios del Administrador de Hacienda Nacional de Manizales por el manejo de los fondos para la misma obra, serán de treinta pesos ($ 30) mensuales. Artículo 3° Queda en los términos anteriores modificado el Decreto número 1671 de 3 de octubre de 1929. Comuníquese y publíquese.
Signatories
REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
Presidente de la República
El Ministro de Obras Públicas