JurídicoESEN

decreto 653 de 1969

5 articles · continuous reading

The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus atribuciones legales, y CONSIDERANDO: Que la Ley 150 de 1960 decretó monumento nacional la zona histórica de santa fe de Antioquia

Whereas · 2 recitals

Que la Ley 150 de 1960 decretó monumento nacional la zona histórica de santa fe de Antioquia;

Que dicha Ley ordenó crear un Museo con el nombre de "Museo Colonial Don Juan del Corral", que funcionará bajo la dirección del Ministerio de Educación Nacional y destinó para tal objetivo la suma de cien mil ($ 100.000.00) que están en poder de la Tesorería General del Departamento de Antioquia;

Article 1De Conformidad Con La Ley 150 De 1960 Créase En Santa Fe De Antioquia El Museo Colonial "don Juan Del Corral", El Cual Funcionará Bajo La Dirección Del Ministerio De Educación Nacional, A Través Del Instituto Colombiano De Cultura

°. De conformidad con la Ley 150 de 1960 créase en Santa Fe de Antioquia el Museo Colonial "Don Juan del Corral", el cual funcionará bajo la dirección del Ministerio de Educación Nacional, a través del Instituto Colombiano de Cultura.

Article 2La Partida De $ 100

°. La partida de $ 100.000.00 incluida en el Presupuesto Nacional de 1967, Ministerio de Educación Nacional, capitulo 703, articulo 7358, ordinal 5, literal a), numeral 8, actualmente en poder de la Tesorería General del Departamento de Antioquia, se destinará para la adquisición y adaptación de un inmueble adecuado, en dicha ciudad, para ser sede del Museo.

Article 3La Junta Directiva Del Instituto Colombiano De Cultura, Dentro De Los Planes Del Instituto, Determinará Los Cargos Necesarios Para Atender A La Administración Del Museo

°. La Junta Directiva del Instituto Colombiano de Cultura, dentro de los planes del Instituto, determinará los cargos necesarios para atender a la administración del Museo.

Article 4El Instituto Colombiano De Cultura Incluirá En Sus Presupuestos Anuales El Costo De Funcionamiento De Dicho Museo Y Tendrá A Su Cargo El Promover La Adquisición De Obras Para Él, Mediante Donaciones, Depósito Por Parte De Sus Dueños O Compra Directa

°. El Instituto Colombiano de Cultura incluirá en sus presupuestos anuales el costo de funcionamiento de dicho Museo y tendrá a su cargo el promover la adquisición de obras para él, mediante donaciones, depósito por parte de sus dueños o compra directa.

Article 5Este Decreto Rige Desde Su Expedición

°. Este decreto rige desde su expedición. Comuníquese y cúmplase.

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
Presidente de la República
El Ministro de Educación Nacional