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decreto 653 de 1915

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The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Article 1Mientras Los Alumnos Destinados A La Escuela Anexa De Agricultura, En Tierra Caliente, Permanezcan En El Instituto Nacional De Agricultura Y Veterinaria, Créanse Los Puestos De Pasante Y Bedel

°. Mientras los alumnos destinados a la Escuela Anexa de Agricultura, en tierra caliente, permanezcan en el Instituto Nacional de Agricultura y Veterinaria, créanse los puestos de Pasante y Bedel.

Article 2Nombrase Para Desempeñar Dichos Puestos A Los Señores Jesús Matéus Y Guillermo García B

° Nombrase para desempeñar dichos puestos a los señores Jesús Matéus y Guillermo García B., respectivamente, con la asignación mensual de veinte pesos ($ 20) oro cada uno. Comuníquese y publíquese.

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
Presidente de la República
El Ministro de Agricultura y Comercio