JurídicoESEN

decreto 2590 de 2001

6 articles · continuous reading

The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades constitucionales y legales y en especial de las que le confiere el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política

Article 1

º . Suprímense en la planta externa de personal del Ministerio de Relaciones Exteriores, los siguientes cargos: Ciudad País Misión Cargo Cant. Copenhague Dinamarca Embajada Primer Secretario, Grado Ocupacional 3 EX, Encargado de Funciones Consulares 1 Copenhague Dinamarca Embajada Auxiliar Administrativo 10 PA (Local) 1

Article 2

º . Créase en la planta externa de personal del Ministerio de Relaciones Exteriores, los siguientes cargos: Ciudad País Misión Cargo Cant. Oslo Noruega Embajada Primer Secretario, Grado Ocupacional 3 EX, Encargado de Funciones Consulares 1 Oslo Noruega Embajada Auxiliar Administrativo 10 PA (Local) 1

Article 3

º . El cargo de Auxiliar Administrativo 10 PA, a que hace referencia el artículo 2º del presente decreto, hace parte del despacho del jefe de la Misión Diplomática de Colombia ante el Gobierno de Noruega.

Article 4

º . Las erogaciones que ocasione la supresión del cargo de Primer Secretario, Grado Ocupacional 3 EX, de la Embajada de Colombia ante el Gobierno de Dinamarca, Encargado de Funciones Consulares en Copenhague, de que trata el artículo 1º del presente decreto, se pagarán con cargo a los presupuestos del Ministerio de Relaciones Exteriores y del Fondo Rotatorio del Ministerio de Relaciones Exteriores.

Article 5

º . El Auxiliar Administrativo 10 PA (Local) no tendrá derecho a las asignaciones que por concepto de prima de instalación, viáticos, menaje y tiquetes aéreos se reconoce a los funcionarios que son designados en el servicio exterior, teniendo en cuenta que el cargo es de naturaleza "Local", de conformidad con lo establecido en el decreto vigente.

Article 6

º . El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente las disposiciones que le sean contrarias.

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades constitucionales y legales y en especial de las que le confiere el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política
El Ministro de Relaciones Exteriores
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública