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decreto 3599 de 1946

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The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus atribuciones legales, y CONSIDERANDO que el Consejo de Ministros en su sesión del día 17 de diciembre del a ñ o en curso, autorizó al Ministerio de Hacienda y Crédito Público para efectuar, unos traslados dentro de las apropiaciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, según consta en el acta respectiva .

Article 1

Hácense los siguientes traslados, en el Presupuesto vigente:

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

CAPITULO 21

suman los contracréditos

CAPITULO 22

Article 213Para Material Y Gastos Varios Del Ministerio, Combustibles, Lubricantes, Reparac

Artículo1°. Hácense los siguientes traslados, en el Presupuesto vigente: MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES CAPITULO 21 Del artículo 213. Para material y gastos varios del Ministerio, combustibles, lubricantes, reparación y repuestos de los vehículos al servicio del mismo, en el año $10.000.00 Del artículo 214. Para gastos reservardos, extraordinarios e imprevisto del Ministerio y pago de sueldos por enfermedad comprobada, de conformidad, Con las disposiciones legales vigentes, en el año. 25.000.00 suman los contracréditos $ 35.000.00 CAPITULO 22 Al artículo 210. Para sueldos del personal diplomático, en el año. $35.000.00 Suman los créditos $35.000.00

Article 2

º. El presente Decreto rige desde su fecha. Comuníquese y publíquese.

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
Presidente de la República
El Ministro de Relaciones Exteriores
El Ministro de Hacienda y Crédito Público