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decreto 362 de 1943

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The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales

Article 1

Para sueldos del personal, alimentación. de alumnas, y empleadas, internas y servicios varios del Liceo Nacional Femenino, distribuyense las siguientes partidas apropiadas en el Presupuesto Nacional vigente, así:

a)

Capitulo 62, articulo 831

48.00

526.00

230.00

2530.00

Article 831Mensual Total Para Sueldos- En Enero, Asi Directora 225

Artículo único. Para sueldos del personal, alimentación . de alumnas, y empleadas, internas y servicios varios del Liceo Nacional Femenino, distribuyense las siguientes partidas apropiadas en el Presupuesto Nacional vigente, así: a) Capitulo 62, articulo 831 Mensual Total Para sueldos- en enero, asi Directora 225.00 Secretaria Bibliotecaria 180.00 Habilitada 80.00 Profesoras Directoras de Grupo, a $ 10.00 cada una 700.00 Celadora 50.00 Ecónoma 60.00 Portera 30.00 Médico 79.00 Dentista 50.00 Profesora de Música y Canto 40.00 Profesora Ayudante de Rítmica 69.00 Profesora de Dibujo 40.00 Capellán 50.00 Profesor de Religion 100.00 Profesorado .externo, a $. 2 la hora de clase 848.00 Profesorado externo, a $ 1.50 la hora de clase 138.00 Para el pago del servicio doméstico 195.00 Profesora de Educación Física 100.00 Suma .$ 2936.00 Para sueldos en once (11) meses, de febrero a diciembre, asi Directora 225.00 2475.00 Secretaria Bibliotecaria 100.00 1100.00 Habilitada 100.00 1100.00 Ocho Profesoras internas diretoras de grupo a $ 100 cada una 800.00 8.800.00 Profesora de Economía Doméstica, Vigilante de Externas 70.00 770.00 Ecónoma 60.00 660.00 Vigilante de Internas 30.00 300.00 Portera 30.00 300.00 Profesora de Música y Canto Ayudante de Rítmica 80.00 880.00 Médico 70.00 770.00 Dentista 60.00 660.00 Enfermera 40.00 440.00 Capellán Profesor de Etica y Religión 100.00 1100.00 Profesora de Dibujo 50.00 550.00 Profesora de Educación Física 80.00 880.00 Profesorado extrerno a razon de $2 la hora de clase hasta 272 544.00 5986.00 Profesorado externo á razón de $ 1.30 la hora de clase, hasta 32 horas 48.00 526.00 Para, el pago de servicio doméstico; según distribución que hará la Directora 230.00 2530.00 Totales $ 2717.00 $ 32823.00 b)Capitulo 62, articulo $ 32 Para, alimentación en- diez (10) meses de febrero a noviembre, asi 2.080.00 20.805.00 De.130 alumnas becadas, a $ 16 cada una 192.00 1920.00 De 12 empleadas internas, a $ 16 cada una 160.00 1600.00 Del servicio doméstico, hasta 7160.00 Para servicios de energía, agua aseo, teléfono, material de enseñanza; útiles de escritorio, excursiones, deportes y demás gastos del Liceo, en doce meses, de enero a diciembre Total 31480.00 Comuniquese y publiquese.

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
Presidente de la República
El Ministro ele Hacienda y Crédito Público
El Ministro:, de Trabajo, Higiene y Previsión .Social; ¡encargado del Despacho de Educación Nacional