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decreto 361 de 1966

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The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales, y en especial de las que le confiere el Decreto-ley número 290 de 1965, y CONSIDERANDO: que al elaborarse el Decreto número 288 de febrero 11 de 1966, se sucedieron omisiones involuntarias fuera de aquellas indispensables para obtener la Reducción del Gasto del 1% ordenada por el Decreto-ley número 1906 de 1965

Article 1A Partir Del 1º De Marzo De 1966 La Estructura De La Comisión Nacional Y Del Departamento Administrativo Del Servicio Civil, Será La Establecida Por El Decreto Número 288 De Febrero 11 De 1966, Complementada Con Los Empleos Que Seguidamente Se Detallan Y Que Fueron Omitidos: En La Subjefatura 1 Secretaria Auxiliar V, Grado 11, Nivel A)

º. A partir del 1º de marzo de 1966 la estructura de la Comisión Nacional y del Departamento Administrativo del Servicio Civil, será la establecida por el Decreto número 288 de febrero 11 de 1966, complementada con los empleos que seguidamente se detallan y que fueron omitidos: En la Subjefatura 1 Secretaria Auxiliar V, grado 11, nivel a). Sección de Servicios Generales Grupo de Almacén, Mantenimiento y Transporte 1 Aseadora V, grado 5, nivel a). 1 Encuadernador IV, grado 5, nivel a). Grupo de Correspondencia y Archivo 1 Mecanotaquígrafa V, grado 9, nivel a). 2 Mecanógrafas VI, grado 8, nivel a). 1 Mensajero IV, grado 5, nivel a). En la División de Selección Sección de Elaboración de Pruebas 1 Mecanotaquígrafa V, grado 9, nivel a). Sección de Concursos 1 Oficinista VI, grado 8, nivel a). En la División de Registro y Control. Sección de Tabulación 1 Jefe de Sección XI, grado 22, nivel, a). 1 Estadígrafo III - bis, grado 10, nivel a).

Article 2La Secretaria Auxiliar Vi-12-A), De La División Administrativa Suprimida, Pasa A La Subjefatura Del Departamento Con El Mismo Grado Y Cargo

º. La Secretaria Auxiliar VI-12-a), de la División Administrativa suprimida, pasa a la Subjefatura del Departamento con el mismo grado y cargo. Los Jefes de Sección que aparecen en el Decreto que se aclara con grado XI-22-b), quedan, con XI-22-a), como vienen en sus cargos, menos el doctor Arturo Lizcano que sigue con grado XI-22-b).

Article 3El Presente Decreto Rige A Partir Del 1º De Marzo De 1966

º. El presente Decreto rige a partir del 1º de marzo de 1966. Comuníquese y cúmplase.

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
Presidente de la República
El Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil