JurídicoESEN

decreto 650 de 1937

2 articles · continuous reading

The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Article 1

En el presente año, los Jueces de Tierras podrán ser nombrados por la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia, hasta el día diez (10) de abril próximo venidero. Queda en estos términos adicionado el artículo 3° del Decreto número 588 dell año en curso.

Article 3Del Decreto Número 588 Dell Año En Curso

Artículo único. En el presente año, los Jueces de Tierras podrán ser nombrados por la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia, hasta el día diez (10) de abril próximo venidero. Queda en estos términos adicionado el artículo 3° del Decreto número 588 dell año en curso.

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
Presidente de la República
El Ministro de Gobierno
El Ministro de Agricultra y Comercio