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decreto 114 de 1983

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The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

El Presidente de la República

en uso de sus facultades constitucionales

Article 1

Artículo primero. La Revista del Instituto de Medicina Legal será vendida al público a un precio equivalente a un salario mínimo diario.

Article 2

Artículo segundo. La División de Medicina Legal del Ministerio de Justicia, podrá repartir gratuitamente ejemplares de la Revista del Instituto de Medicina Legal, a los Médicos Forenses de esa División, funcionarios judiciales, bibliotecas públicas y entidades oficiales, así como establecer los canjes pertinentes.

Article 3De Este Decreto Ingresará Al Presupuesto Del Ministerio De Justicia - Medicina Legal, Rubro De Impresos Y Publicaciones

Artículo tercero. El producto de las ventas de que trata el artículo 1º de este Decreto ingresará al Presupuesto del Ministerio de Justicia - Medicina Legal, rubro de Impresos y Publicaciones.

Article 4

Artículo cuarto. La División de Medicina legal del Ministerio de Justicia, tomará las medidas administrativas necesarias, para la ejecución del presente Decreto.

Article 5

Artículo quinto. Este Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
El Presidente de la República, en uso de sus facultades constitucionales
El Ministro de Justicia
El Ministro de Hacienda y Crédito Público