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decreto 1959 de 1988

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The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

El Presidente de la República de Colombia

en uso de las facultades extraordinarias conferidas por la Ley 30 de 1987, y oída la Comisión Asesora por ella establecida

Article 1º Créase Un Juzgado Superior En El Circuito Judicial De San Andrés (Isla), Con La Siguiente Planta De Personal: Nº De Cargos Denominacion Grado 1 Juez 17 1 Secretario 10 1 Oficial Mayo 09 1 Escribiente 05 1 Citador 04

º Créase un Juzgado Superior en el circuito Judicial de San Andrés (Isla), con la siguiente planta de personal: Nº DE CARGOS DENOMINACION GRADO 1 Juez 17 1 Secretario 10 1 Oficial Mayo 09 1 Escribiente 05 1 Citador 04

Article 2º Créase Un Juzgado Promiscuo Territorial En San Andrés (Isla) Con La Siguiente Planta De Personal: Nº De Cargos Denominacion Grado 1 Juez 15 1 Secretario 09 1 Oficial Mayor 08 1 Escribiente 05 1 Escribiente 04 1 Citador 08

º Créase un Juzgado Promiscuo Territorial en San Andrés (Isla) con la siguiente planta de personal: Nº DE CARGOS DENOMINACION GRADO 1 Juez 15 1 Secretario 09 1 Oficial Mayor 08 1 Escribiente 05 1 Escribiente 04 1 Citador 08

Article 3º Los Juzgados Creados Por Los Artículos Anteriores Se Radicarán En La Isla De San Andrés Y Tendrán La Jurisdicción Y Competencia Que Según Las Disposiciones Procesales Vigentes Les Correspondan

º Los juzgados creados por los artículos anteriores se radicarán en la Isla de San Andrés y tendrán la jurisdicción y competencia que según las disposiciones procesales vigentes les correspondan.

Article 4º Increméntase En Un (1) Escribiente Grado 09 La Planta De Personal De Cada Uno De Los Juzgados Penal, Civil Y Laboral Únicos Del Circuito De San Andrés (Isla) Actualmente Existentes

º Increméntase en un (1) escribiente grado 09 la planta de personal de cada uno de los Juzgados Penal, Civil y Laboral únicos del Circuito de San Andrés (Isla) actualmente existentes.

Article 5º Increméntase La Planta De Personal Del Juzgado Territorial Actualmente Existente En San Andrés (Isla) En: Nº De Cargos

º Increméntase la planta de personal del Juzgado Territorial actualmente existente en San Andrés (Isla) en: Nº DE CARGOS. DENOMINACION GRADO 1 Oficial Mayor 08 1 Escribiente 05

Article 6º Increméntase La Planta De Personal Del Juzgado Promiscuo Municipal Actualmente Existente En La Isla De Providencia En Un (1) Escribiente Grado 05

º Increméntase la planta de personal del Juzgado Promiscuo municipal actualmente existente en la Isla de Providencia en un (1) escribiente grado 05.

Article 7º El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación, Y Deroga Todas Las Disposiciones Que Le Sean Contrarias

º El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación, y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias. Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades extraordinarias conferidas por la Ley 30 de 1987, y oída la Comisión Asesora por ella establecida
El Ministro de Justicia
El Viceministro de Hacienda y Crédito Público, encargado de las funciones del señor Ministro de Hacienda