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decreto 1270 de 1921

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The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Article 1Trasládase En El Presupuesto Nacional De Gastos Para El Año Fiscal De 1

º Trasládase en el Presupuesto Nacional de gastos para el año fiscal de 1.º de enero a 31 de diciembre de 1921, del Ministerio de Hacienda, capítulo 32, guardacostas, personal, y material, artículo 323, la suma de seis mil pesos ($ 6,000), a la siguiente imputación: MINISTERIO DE HACIENDA CAPITULO 38 Gastos varios. Artículo 393. Para gastos extraordinarios a imprevistos del Ministerio $ 6,000 Total $ 6.000

Article 2La Dirección General De La Contabilidad Nacional, La Oficina Central De Ordenación, La De Reconocimientos Del Ministerio De Hacienda Y Las Pagadoras Respectivas, Describirán En Sus Libros Los Asientos A Que Da Lugar El Presente Decreto

º La Dirección General de la Contabilidad Nacional, la Oficina Central de Ordenación, la de Reconocimientos del Ministerio de Hacienda y las pagadoras respectivas, describirán en sus libros los asientos a que da lugar el presente Decreto. Publíquese.

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
Presidente de la República
El Ministro de Obras Públicas, encargado del Despacho del Tesoro