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decreto 807 de 1929

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The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales, y CONSIDERANDO que no existe el escalafón de Oficiales de Estado Mayor, por no haberse señalado antes las condiciones que dan derecho a determinados Oficiales a figurar en tal cuadro de selección, y a recibir el diploma correspondiente

Article 1Se Consideran Como Oficiales De Estado Mayor, Con Derecho Al Diploma Y A Las Prerrogativas Correspondientes A Esta Distinción, Aquellos Oficiales Aprobados En Los Cursos De Estado Mayor O Superior De La Escuela Superior De Guerra Con Las Calificaciones Reglamentarias Correspondientes Y Que Posteriormente Hayan Servido Con Buen Éxito, Lo Menos Dos Años, En El Ministerio De Guerra, Inspección General, Estado Mayor General O Estados Mayores Divisionarios

° Se consideran como Oficiales de Estado Mayor, con derecho al diploma y a las prerrogativas correspondientes a esta distinción, aquellos Oficiales aprobados en los cursos de Estado Mayor o Superior de la Escuela Superior de Guerra con las calificaciones reglamentarias correspondientes y que posteriormente hayan servido con buen éxito, lo menos dos años, en el Ministerio de Guerra, Inspección General, Estado Mayor General o Estados Mayores Divisionarios.

Article 2Créase El Escalafón De Estado Mayor, En El Cual Serán Inscritos Aquellos Oficiales Que Reúnan Las Condiciones Señaladas En El Artículo Anterior, A Quienes Se Les Expedirá El Diploma Respectivo Por El Ministerio De Guerra A Propuesta Del Estado Mayor General Del Ejército

° Créase el Escalafón de Estado Mayor, en el cual serán inscritos aquellos Oficiales que reúnan las condiciones señaladas en el artículo anterior, a quienes se les expedirá el diploma respectivo por el Ministerio de Guerra a propuesta del Estado Mayor General del Ejército. Comuníquese y publíquese.

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
Presidente de la República
El Ministro de Guerra